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La sentencia sobre la herencia de pólizas de seguros

La sentencia sobre la herencia de pólizas de seguros

Los herederos tienen derecho a saber si son beneficiarios

Como es sabido, es posible contratar una póliza de seguro de vida, mediante la cual la compañía aseguradora, a cambio del pago de una prima por parte del contratante (ya sea en una sola vez o en varias cuotas), se compromete a entregar al beneficiario designado una suma, un capital o una renta.

Este procedimiento tiene como único objetivo realizar un acto de liberalidad a favor del beneficiario. Tras la muerte del contratante, esta póliza, como cualquier acto de liberalidad, puede ser objeto de acciones legales por parte de los herederos del fallecido. En particular:

  • Si el beneficiario es un coheredero (y la "donación" no está exenta de colación o no ha sido excluida conforme al artículo 742 del Código Civil), podría presentarse una solicitud de colación hereditaria, con el fin de repartir dicha liberalidad entre todos los herederos.
    • Si el beneficiario es una persona no llamada a heredar (siempre que se cumplan las condiciones del artículo 564 del Código Civil), podría presentarse una acción de reducción, dirigida a restituir la parte legítima (la llamada “legítima”).

A veces, los herederos no están al tanto de la existencia de pólizas de vida suscritas por su causante, o bien, aunque lo estén, desconocen quién es el beneficiario. En estos casos, suelen solicitar a las compañías aseguradoras información sobre la existencia de dichas pólizas y la identidad del beneficiario.

Según informa el sitio web de la ANIA (Asociación Nacional de Empresas Aseguradoras), el servicio "Búsqueda de pólizas de vida" proporciona información sobre la existencia o no de pólizas de vida suscritas por personas fallecidas que se presume hayan contratado un seguro cuyo beneficiario podría ser el solicitante, por ejemplo en calidad de heredero, familiar o cónyuge. No obstante, por motivos de privacidad, la respuesta será negativa o no se facilitará si la búsqueda no confirma la existencia de un beneficio a favor del solicitante (ya sea que existan pólizas en las que el fallecido haya sido el asegurado o no).

En ocasiones, las compañías se han limitado a comunicar la existencia de pólizas de vida, manteniendo en secreto el nombre del beneficiario por razones de privacidad, lo que ha impedido a los herederos del contratante ejercer sus derechos sucesorios.

Para resolver esta incertidumbre jurídica, la Autoridad Garante para la Protección de Datos Personales, mediante resolución del 23 de octubre de 2023, emitió una importante “disposición interpretativa” sobre el ejercicio del derecho de acceso por parte de herederos y llamados a heredar a los datos personales de personas fallecidas, con especial referencia a los datos de los beneficiarios de pólizas de vida (artículos 15 del Reglamento (UE) 2016/679 y 2-terdecies del Código en materia de protección de datos personales).

Dicha disposición, publicada en el Boletín Oficial n.º 281 del 1 de diciembre de 2023, subraya la prevalencia de la protección de otros intereses jurídicamente relevantes (entre ellos, el ejercicio del derecho a la defensa judicial) sobre el interés en la confidencialidad de los datos personales. Por tanto, se “invita” a los responsables del tratamiento de datos a realizar un "control negativo" para verificar que no se trate de una solicitud completamente infundada, comprobando que el solicitante ostente una posición jurídica sustantiva en el ámbito sucesorio y que el interés perseguido sea concreto, actual y útil para la defensa de su derecho hereditario ante los tribunales.

Con la última resolución de la Sala Primera del Tribunal Supremo Civil, del 8 de febrero de 2024, n.º 3565, el tribunal de casación confirmó su anterior sentencia n.º 39531/2021 y reforzó el contenido de la disposición del Garante.

Queda por tanto claro que las compañías aseguradoras no pueden negar a los herederos el acceso a la información sobre las pólizas suscritas por el fallecido ni sobre los nombres de los beneficiarios, invocando la confidencialidad de los datos personales. La intervención de una empresa especializada, como Agenzia delle Successioni, podría ser útil para obtener información y resolver el problema. Obtener una primera consulta es muy fácil y sin coste. No obstante, es necesario completar el formulario.

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