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Declaración de Sucesión

Declaración de Sucesión

Declaraciones de sucesión en línea, cómo y cuándo presentarla

El Código Civil establece que la sucesión ocurre en el momento de la muerte y en el lugar del último domicilio del difunto. La declaración de sucesión es el documento que certifica al Estado la identidad de los herederos que suceden al difunto, en caso de que su patrimonio sea inmobiliario o mobiliario con un valor superior a cien mil euros. Debe ser presentada ante la Agencia Tributaria dentro de los doce meses, pero es necesario iniciar de inmediato un procedimiento para corregir cualquier error y evitar sanciones

 

  • ¿Quién debe hacer la declaración de sucesión?
  • ¿Para qué sirve la declaración de sucesión?
  • ¿Cuándo hacer la declaración de sucesión?
  • ¿Qué bienes se incluyen en la declaración de sucesión?
  • ¿Qué documentos se deben adjuntar a la declaración de sucesión?
  • ¿Cómo rellenar la declaración de sucesión?
  • ¿Cómo presentar la declaración de sucesión?
  • ¿Cuánto cuesta hacer la declaración de sucesión?
  • ¿Cómo hacer la declaración de sucesión?

 

¿Quién debe hacer la declaración de sucesión?

La normativa vigente establece una serie de sujetos que están obligados a presentar la declaración de sucesión ante la Agencia Tributaria competente para el pago de los impuestos. Los sujetos obligados son principalmente los herederos, los llamados a la herencia y los legatarios. Estos últimos son aquellos que, mediante disposiciones testamentarias, intervienen en la sucesión a título particular con un derecho patrimonial dispuesto por el de cuius. La posición de los llamados a la herencia es diferente, ya que son sucesores a título universal.

También están obligados a presentar la declaración de sucesión los representantes legales del difunto, los administradores de la herencia, los curadores de la herencia vacante, los ejecutores testamentarios y los fideicomisarios. Debido a la multiplicidad de sujetos obligados a presentar la declaración, basta con que uno de ellos cumpla con la obligación de notificación.

Es importante señalar que no es necesario obtener una autorización explícita de los demás herederos para presentar la declaración por parte del heredero interesado. Los demás herederos deberán ajustarse a la declaración presentada, y si es necesario, deberán presentar una declaración sustitutiva, modificativa o complementaria. El análisis de cada caso con profesionales es fundamental, en primer lugar para determinar quiénes son los herederos, es decir, si existe testamento. No basta con saber quiénes son los hijos, hermanos, primos, nietos o el cónyuge; es necesario un estudio cuidadoso del estado de familia y verificar todos los datos antes de iniciar cualquier acción de partición o simplemente de presentación y depósito de la declaración de sucesión.

La ley también establece casos en los que los sujetos mencionados anteriormente están exentos de presentar la declaración de sucesión, específicamente cuando la herencia se destina al cónyuge o a los familiares directos, con un valor inferior a 100.000 euros y sin bienes inmuebles o derechos reales inmobiliarios. En este caso, solo los herederos están involucrados en los fines de partición, ya que nadie está obligado a declarar. Tampoco es necesario presentar la declaración de sucesión cuando los sujetos obligados hayan renunciado a la herencia antes de la fecha límite para presentar la declaración, o si han solicitado la designación de un curador para administrar los bienes hereditarios.

¿Para qué sirve la declaración de sucesión?

La función de la declaración de sucesión es declarar al Estado quiénes suceden al difunto y cuál era su estado patrimonial al momento de su fallecimiento. En relación con el contenido de la declaración, la Agencia Tributaria determinará el impuesto de sucesión.

Por lo tanto, es un cumplimiento obligatorio que permite al fisco conocer la masa hereditaria del difunto y el traspaso de los bienes a los herederos. En caso de haber inmuebles o terrenos, se llevará a cabo la transmisión catastral o las transmisiones catastrales si son varios bienes inmuebles, ante la Oficina del Catastro correspondiente.

Esta declaración es un procedimiento burocrático cuyo objetivo principal es de carácter financiero, con un efecto modificativo sobre las situaciones jurídicas subjetivas y efectos reales sobre los herederos o beneficiarios. Es importante destacar que la declaración de sucesión es distinta de la partición de la herencia. Mientras que la declaración tiene un fin administrativo, la partición tiene como objetivo repartir el patrimonio según la ley o, en caso de testamento, según la voluntad del difunto, siempre respetando los límites legales. Ambas fases, declaración y partición, pueden ocurrir en momentos diferentes, pero, según muchos profesionales, es conveniente hacerlas coincidir cuando las condiciones lo permiten para evitar trámites adicionales.

Los abogados y notarios son esenciales para cada trámite: los primeros para asesorar a la parte interesada y los segundos no solo por su valioso aporte jurídico, sino también como funcionarios públicos cuando es necesario su intervención.

¿Cuándo hacer la declaración de sucesión?

La declaración de sucesión debe presentarse ante la Oficina competente de la Agencia Tributaria dentro de los doce meses siguientes a la fecha de fallecimiento. Sin embargo, este plazo puede comenzar a contarse desde un momento diferente, como en el caso de que se designe un representante o un curador de la herencia vacante. En ese caso, la obligación de presentar la declaración recae sobre ellos, por lo que el plazo comenzará a contar desde el momento en que el representante o el curador tomen conocimiento de su nombramiento. El plazo también es el mismo para los herederos residentes en el extranjero, quienes pueden optar por presentar la declaración de manera excepcional en formato papel.

La renuncia a la herencia, que puede ocurrir dentro de un plazo máximo de diez años desde la fecha de fallecimiento, no implica la obligación de presentar la declaración de sucesión dentro del plazo de un año desde el fallecimiento del difunto. Es común que, por ejemplo, los hijos del difunto renuncien en favor de sus hijos, los nietos del difunto. En este caso, la declaración de sucesión siempre debe presentarse ante la Agencia Tributaria, aunque los herederos directos hayan renunciado. El plazo, incluso para los nietos en este caso, sigue siendo de doce meses. La falta de presentación dentro de este plazo conlleva sanciones administrativas, es decir, el pago del impuesto de sucesión con el recargo por presentación tardía. Este recargo será aplicable si el pago se realiza dentro de los noventa días siguientes al vencimiento del plazo.

¿Qué bienes se incluyen en la declaración de sucesión?

En la declaración de sucesión deben indicarse los bienes de los cuales el difunto era titular. En particular, deben incluirse los bienes inmuebles y terrenos, los bienes muebles de valor (pinturas, muebles valiosos, joyas, etc.), créditos, títulos, cuentas bancarias, acciones, participaciones, pólizas de seguros y libretas de ahorro.

Además de estos bienes, deben incluirse las donaciones recibidas y las deudas del difunto. Los únicos bienes que están excluidos y que no deben ser incluidos en la declaración de sucesión son los vehículos registrados en el Registro de Propiedad de Vehículos (PRA) y los títulos del Estado. La valoración de estos bienes debe ser siempre realizada con la ayuda de profesionales.

Por ejemplo, si el heredero posee una colección de autos antiguos o un vehículo de última generación con un valor comercial significativo, o si tiene una motocicleta antigua o un vehículo de dos ruedas de alto valor, estos deben ser evaluados adecuadamente. También es relevante valorar las participaciones en empresas o la propiedad de criptomonedas. En estos casos, la asesoría de un profesional es esencial para tomar las decisiones correctas en caso de partición.

¿Qué documentos se deben adjuntar a la declaración de sucesión?

La declaración de sucesión debe ir acompañada de una serie de documentos necesarios cuya ausencia podría comprometer el buen desarrollo del procedimiento y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Cada situación debe ser analizada de manera individual para garantizar el buen resultado del trámite. Los documentos esenciales que deben adjuntarse, bajo pena de sanciones, varían según el caso, pero la normativa establece ciertos documentos indispensables que siempre deben acompañar la declaración. Estos son: el certificado de defunción, el certificado de estado civil, los documentos que acrediten la titularidad de los bienes del difunto y, si corresponde, el testamento en caso de sucesión testamentaria. También es relevante la certificación bancaria o postal.

La intervención de profesionales evita cualquier omisión de créditos en libretas de ahorro o cuentas bancarias que no sean conocidas por los herederos. Existen sistemas que permiten identificar rápidamente todas las posiciones bancarias o de crédito. Si las instituciones bancarias no proporcionan la certificación dentro del plazo de noventa días, es posible actuar contra ellas como heredero, incluso para exigir una indemnización por daños. Por lo tanto, es importante iniciar lo antes posible los trámites sucesorios para evitar superar el plazo de doce meses desde el fallecimiento y evitar sanciones adicionales.

¿Cómo rellenar la declaración de sucesión?

La declaración de sucesión debe ser presentada electrónicamente mediante la cumplimentación de un formulario proporcionado por la Agencia Tributaria, el formulario de "Declaración de sucesión y solicitud de cambios catastrales", en el cual deben incluirse los datos necesarios para la determinación del impuesto de sucesión.

Los diferentes apartados que componen la declaración deben ser completados con precisión, salvo en algunos cuadros que deben ser completados por los sujetos obligados solo si se cumplen ciertos requisitos.

En la declaración deben incluirse todos los bienes y derechos que pertenecían al difunto, excluyendo las indemnizaciones por despido y las compensaciones a los herederos por seguros obligatorios o de vida. Además, no deben incluirse los bienes y derechos cuyo titularidad haya sido perdida, como acciones o títulos vendidos previamente, ni los créditos cedidos o adeudados al Estado.

Cualquier persona con SPID, CIE, tarjeta nacional de servicios (CNS) o Fisconline/Entratel puede acceder a la declaración precompletada en línea, que ya contiene algunos datos disponibles para la Agencia Tributaria, diseñada para facilitar al contribuyente.

¿Cómo presentar la declaración de sucesión?

La declaración de sucesión debe presentarse ante la Oficina competente de la Agencia Tributaria, que depende de la última residencia del difunto.

La principal forma de presentación es telemática, a través de un software proporcionado por la Agencia. Los sistemas de identificación digital facilitan la presentación para los herederos, pero la consulta con técnicos especializados evita errores derivados de la falta de experiencia.

El sujeto que presente la declaración debe conservar cuidadosamente el recibo enviado por la Agencia, ya que la declaración se considera presentada desde el día del envío de dicho recibo.

La presentación también puede hacerse en formato papel solo si los sujetos obligados residen en el extranjero. En este caso, el declarante puede enviar el formulario en papel a través de correo certificado o cualquier otro medio que permita obtener prueba de la fecha de envío. La oficina competente siempre será la de la última residencia del difunto.

¿Cuánto cuesta hacer la declaración de sucesión?

La elaboración de la declaración de sucesión utilizando los recursos informáticos proporcionados por la Agencia Tributaria requiere atención y conocimiento especializado, especialmente cuando los bienes en la masa hereditaria tienen un valor económico significativo.

Una correcta cumplimentación es fundamental para determinar con precisión el monto del impuesto de sucesión que debe pagar el heredero, por lo que se prevén severas sanciones en caso de declaraciones incorrectas o incompletas.

De manera general, las tasas de los impuestos sucesorios varían entre el 4% y el 8%, dependiendo del grado de parentesco entre el heredero y el difunto.

Para evitar sanciones, es preferible contratar a profesionales capacitados en esta área. Los costos de la correcta elaboración de la declaración de sucesión no están claramente definidos a priori, ya que varían en función de las circunstancias del caso. Los costos dependerán del valor del patrimonio, el trabajo necesario para estudiar el caso, reunir los documentos solicitados por la normativa y cumplimentar la declaración.

Si se requiere la intervención de un notario, los costos se determinarán por otros parámetros. La mejor oferta para la declaración de sucesión no siempre es la solución más económica. No descuides los detalles que, con la experiencia adecuada, pueden ser clave para asegurar un mejor resultado para el heredero interesado. La consulta con un profesional siempre es útil y evita errores que, con el tiempo, podrían perjudicar la posición del heredero.

En todos los casos, solicitar un presupuesto por escrito, incluso si es para un servicio de bajo costo, garantiza la protección del heredero contra situaciones desagradables.

¿Cómo hacer la declaración de sucesión?

Para la presentación de la declaración de sucesión, se debe prestar especial atención a las instrucciones proporcionadas por la Agencia Tributaria. Aunque estas instrucciones son fácilmente accesibles en línea, la correcta y completa elaboración de la declaración requiere conocimientos y atención por parte de quienes la redactan.

Es preferible confiar en profesionales para evitar sanciones por omisiones o declaraciones incorrectas. Las sanciones.

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